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| Editorial - 2010-08-28 |
| ACCION EJECUTIVA CONTRACTUAL |
Intervención de terceros.
El Consejo de Estado analizó el tema de la exclusión de la figura de la coadyuvancia para los procesos ejecutivos, en comparación con los procesos de conocimiento, concluyendo que no existe argumentos que conlleven a concluir que esta situación vulnera el principio de igualdad.
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| Editorial - 2010-08-28 |
| REGIMEN DE CONTRATACION |
De las áreas metropolitanas.
La Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado conceptuó que en el ámbito funcional atribuido por la Constitución Política y la ley 128 de 1994 a las Areas Metropolitanas, no faculta a tales entidades administrativas para la actividad de intermediación de bienes muebles e inmuebles con los municipios que la integran. Por tanto, concluyen que no es jurídicamente viable celebrar convenios interadministrativos de cooperación entre aquéllas y éstos, en los términos del artículo 95 de la ley 489 de 1998, cuyo objeto consista en la intermediación para la adquisición o enajenación de bienes muebles e inmuebles.
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| Editorial - 2010-08-05 |
| LICITACION DEL RELLENO SANITARIO DOÑA JUANA |
Los recicladores son sujetos de especial protección constitucional.
La Corte Constitucional ordenó a la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos de Bogotá D.C. UAESP, que en el término perentorio de tres (3) días, contados a partir de la notificación de la providencia, expida una nueva Adenda donde se modifiquen las condiciones de la Licitación 01 de 2010, en el sentido de incluir como requisito habilitante que los proponentes se presenten conformados con una organización de segundo nivel de recicladores de Bogotá.
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