LA CLÁUSULA PENAL EN CONVENIOS INTERADMINISTRATIVOS
Al momento de hacerse efectiva la cláusula penal, se debe establecer una proporcionalidad respecto del cumplimiento del contrato.Aunque los convenios interadministrativos se fundamentan en la colaboración entre entidades públicas, la cláusula penal puede ser incluida siempre que no desvirtúe el carácter asociativo del acuerdo. Ahora bien, se menciona que la cláusula penal en los convenios interadministrativos, en todo caso, debe ser evaluada bajo los principios de proporcionalidad y equidad. En este sentido, en casos de incumplimiento parcial de la obligación, el monto de la sanción necesariamente debe ser reducido proporcionalmente, en el marco de lo dispuesto en los artículos 1596 del Código Civil y 867 del Código de Comercio.