Modificación de contratos estatales
Límites y esencia.La modificación de los contratos estatales es jurídicamente viable únicamente de manera excepcional y bajo estrictos límites derivados de la ley, la jurisprudencia y los principios de la contratación pública. El objeto contractual constituye un límite esencial: su alteración implica la celebración de un contrato diferente y no una simple modificación.